¿Cuáles son los derechos del inquilino de una vivienda en España?
Un alquiler supone que el domicilio en el que vivimos no es de nuestra propiedad, pero no implica que no contemos con derechos sobre este. La Ley de Arrendamientos Urbanos se encarga de conferir derechos y obligaciones tanto al arrendador como al arrendatario. Si eres un inquilino y tienes dudas sobre qué puedes exigir y qué límites poner al propietario, te contamos todo lo que necesitas saber y todos los derechos como inquilino de una vivienda en España.
¿Qué ley regula los derechos de los inquilinos?
Como ya hemos mencionado, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se encarga de dejar claros los derechos con los que cuentan los inquilinos una vez comienza el arrendamiento. Es esta la que protege a los arrendatarios ante posibles situaciones de abuso por parte del arrendador.
Cabe destacar que esta es la normativa que rige en España, pero cada país cuenta con normativas propias que permiten que los derechos mínimos se mantengan cuando firmas un contrato de alquiler. Es importante conocer este punto antes de comenzar cualquier arrendamiento, por lo que te contamos los derechos más importantes que se recogen en esta normativa.
Derechos de los inquilinos
Con los conflictos y las reclamaciones relacionadas con los alquileres a la orden del día, es necesario conocer cómo podemos actuar según la situación que se nos presente. Para ello, la mejor opción es contar con asesoramiento especializado que nos cuente en qué debemos fijarnos según las circunstancias.
1.Derecho a un contrato por escrito
La mejor opción es contar con el contrato por escrito, ya que así podrás evitar malentendidos con el propietario. Tienes derecho a solicitar que este se te entregue por escrito para que quede constancia, por lo que no dudes en hacerlo para mantener todo lo firmado a buen recaudo. En caso de que se produzca alguna disputa, será más sencillo realizar una reclamación si cuentas con las pruebas necesarias.
2.Derecho a la duración mínima del alquiler
La ley establece que los contratos de alquiler deben tener una duración mínima de 5 años, aunque esto puede cambiar según el acuerdo al que se llegue entre inquilino y propietario. Este es un derecho poco conocido, pero está presente en la Ley de Arrendamientos Urbanos, por lo que podremos exigirlo si así lo deseamos.
3.Derecho a la prórroga tácita
Los contratos de alquiler pueden ser temporales o de larga duración, siendo diferente el derecho del inquilino según cuál sea el tuyo. En el caso de que el alquiler sea de temporada, no podrás prorrogarlo cuando llegue la fecha estipulada inicialmente. Por su parte, los alquileres se consideran de larga duración si son de mínimo 12 meses, siempre con opción a prórroga.
En el caso de que el propietario sea una empresa, la prórroga podrá ser de hasta 7 años, mientras que si es un particular esta deberá ser de hasta 5 años. Esto hace especialmente importante la fecha en la que termina el periodo máximo, ya que es entonces cuando tendrás que decidir si extiendes por un período adicional o abandonas el domicilio.
Si al finalizar el contrato el propietario no indica nada, el arrendatario puede prorrogar automáticamente el contrato de alquiler por otros tres años al concluir el período inicial, siempre que no comunique su intención de no renovarlo.
4.Abandonar la vivienda después de los 6 meses
Muchos desconocen que, pasados los 6 primeros meses desde la firma del contrato, el inquilino podrá marcharse de la vivienda sin tener en cuenta el tiempo pactado en el contrato según viene establecido en el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En el caso de que quieras ejercer tu derecho, deberás avisar con 30 días de antelación.
Cabe destacar que es habitual que los propietarios añadan una cláusula en la que piden un mes de alquiler por cada año restante de contrato, por lo que ten en cuenta este detalle antes de tomar cualquier decisión. En el caso de que el tiempo restante sea inferior al año, lo normal es que tengas que pagar el alquiler proporcional correspondiente.
También es posible rescindir el contrato antes de los 6 meses si existe alguna clausula en el contrato o si el propietario del inmueble no realiza las reparaciones y mantenimiento necesarios en la vivienda o molesta innecesariamente al inquilino.
5.Derecho a la devolución de la fianza
Una vez abandonado el inmueble y siempre que estén al corriente de pago y el inmueble esté en buenas condiciones, los inquilinos tienen derecho a recuperar la fianza que hayan proporcionado al iniciar el contrato. Cuando el propietario haya revisado la vivienda y esta se encuentre en perfectas condiciones, es obligatorio que se devuelva dicho dinero íntegramente al inquilino en un plazo máximo de un mes.
En el caso de que se decida prorrogar el contrato, el propietario tiene derecho a ajustar el precio de la fianza según el valor del inmueble. Además, la LAU obliga a declarar la fianza a la autoridad autonómica correspondiente, por lo que podrás exigir al casero que registre tu fianza ante la administración.
De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, los arrendadores están obligados a inscribir la fianza en el organismo administrativo de la comunidad autónoma correspondiente para garantizar su protección. Esto suele pasar desapercibido para muchos propietarios, por lo que es importante recordarle que debe registrar allí la fianza.
6.Derecho a la intimidad y uso exclusivo de la vivienda
Si el casero suele entrar en el domicilio sin autorización previa por parte del inquilino, el arrendatario podrá interponer una denuncia y rescindir el contrato sin necesidad de respetar ningún plazo. El contrato de arrendamiento limita, por si mismo, la posibilidad del propietario de entrar en la vivienda cuando quiera. Todo ello se establece en la Constitución, que deja clara la inviolabilidad del domicilio.
En el caso de que el inquilino tenga alguna mensualidad pendiente de pago, esta norma sigue manteniéndose intacta. Esto supone que ningún propietario tiene derecho a irrumpir en la vivienda, independientemente de la situación.
7.Derecho a denunciar al propietario si entra en la vivienda
En el mismo sentido que el punto anterior, el propietario no puede acceder sin permiso a la vivienda en ningún caso. Por ello, en caso de que se viole este derecho, el inquilino podrá denunciar al propietario por actuar contra su derecho a la intimidad.
8.Pedir al propietario las reparaciones necesarias
Parece obvio, pero en el caso de que sea necesaria alguna reparación en el domicilio podrás pedir al propietario que se haga cargo, sobre todo si se requiere del arreglo para mantener las condiciones de habitabilidad. Es importante tener en cuenta que no se podrá subir el precio de la renta para cubrir cualquiera de estas reparaciones.
Cabe destacar que el propietario no deberá hacerse cargo de los arreglos correspondientes si el causante de los daños es el inquilino, ya sea por un uso inadecuado del domicilio o por el uso cotidiano de este.
9.Negociar el precio del alquiler a cambio de mejoras en la vivienda
Si estás pensando en realizar mejoras en la vivienda, debes saber que los inquilinos tienen el derecho de proponer cualquier arreglo a cambio de una posible reducción del precio del alquiler. Este acuerdo tendrá que realizarse por escrito y supone que el arrendatario se haga cargo de los gastos de dicha reforma, pero recibiendo una reducción en el precio de la vivienda a cambio.
En cualquier caso, dichas mejoras no podrán afectar a la estabilidad de la vivienda ni a su seguridad. La reducción en el pago puede producirse durante un periodo específico y de manera tanto parcial como total.
10.Hacer obras para adaptar la casa por discapacidad
El arrendatario puede hacer reformas en la vivienda para atender necesidades derivadas de una discapacidad. No obstante, antes de emprenderlos, debe notificar al arrendador si él, su cónyuge u otros convivientes permanentes padecen alguna discapacidad o sean mayores de 70 años.
Estas adaptaciones no podrán interferir con las zonas comunes del edificio ni comprometer la seguridad de la propiedad. Al término del contrato, si el propietario así lo exige, el inquilino deberá restaurar la vivienda a su estado original.
11.Derecho a seguir en la vivienda si cambia el propietario
Cualquier contrato de alquiler que se encuentre en el Registro de la Propiedad cuenta con el derecho a continuar el contrato de alquiler bajo las mismas condiciones cuando se cambia de propietario. Esta continuación deberá asegurar las mismas obligaciones y derechos firmados con el anterior propietario.
12.Si la casa se vende, derecho a preferencia frente a otros compradores
En el caso de que el dueño del inmueble se decida por venderlo mientras el contrato de alquiler siga vigente, el inquilino mantiene la preferencia de compra frente a terceros. Sin embargo, es aconsejable que este detalle se registre por escrito para evitar posibles problemas llegado el caso.
Cabe la posibilidad de que el contrato elimine por si mismo este derecho, por lo que conviene leerlo detenidamente y tener claro este detalle a la hora de firmar cualquier documento. La ley que marca este derecho se conoce como la ley de tanteo y retracto, que asegura la preferencia del inquilino frente a terceros.